En Madrid, el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) de un edificio existente se registra ante la Comunidad de Madrid mediante el procedimiento autonómico de “Tramitación de certificados de eficiencia energética de edificios existentes o de partes de edificios existentes”. La solicitud puede presentarla el promotor, el propietario o una persona autorizada por cualquiera de ellos. Para edificios existentes, el registro no exige actualmente el pago de una tasa y el certificado debe presentarse en el plazo de un mes desde su fecha de emisión.
El registro no es un trámite accesorio. El Real Decreto 390/2021 establece que, para que el certificado tenga validez legal, debe estar debidamente registrado. Además, la etiqueta energética acredita precisamente la existencia de un certificado registrado y recoge la calificación obtenida.
En ITE Asistencia gestionamos Certificados de Eficiencia Energética para comunidades, propietarios y administradores de fincas en toda la Comunidad de Madrid. Nuestro equipo cuenta con arquitectos y profesionales con 30 años de experiencia en CEE, ITE, IEE, conservación y rehabilitación de edificios, y nos encargamos tanto de la parte técnica como de la presentación administrativa del expediente.
Registro del certificado energético en Madrid: respuesta rápida
Dónde: en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de la Comunidad de Madrid, a través del procedimiento autonómico de la sede electrónica.
Quién puede presentarlo: el promotor, el propietario o una persona autorizada por ellos.
Plazo: un mes desde la fecha de emisión del certificado.
Tasa para edificios existentes: actualmente no hay tasa autonómica de registro.
Documentos básicos: solicitud generada y firmada, informe de evaluación energética en XML y certificado CEE en PDF firmado válidamente por el técnico competente.
Etiqueta: la Comunidad de Madrid indica que puede descargarse transcurridos dos días hábiles desde la presentación telemática del expediente.
Dónde se registra el certificado energético en Madrid
El certificado de un edificio o de una parte de un edificio situado en la Comunidad de Madrid se presenta ante el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de la Comunidad de Madrid.
¿Tienes dudas sobre cómo registrar el certificado energético de tu edificio en Madrid? Nuestros técnicos especializados te guían en cada paso del proceso para que cumplas con la normativa sin complicaciones.
Para los edificios existentes, el trámite oficial se denomina “Tramitación de certificados de eficiencia energética de edificios existentes o de partes de edificios existentes” y se realiza, con carácter general, por Internet desde la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.
La propia ficha administrativa identifica actualmente como órgano responsable a la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular.
El registro se tramita normalmente por Internet
La presentación telemática requiere utilizar uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid y seguir el procedimiento de registro habilitado en su sede.
La Administración contempla una vía presencial únicamente para los casos en los que se justifique debidamente la imposibilidad de realizar la presentación telemática.
Quién debe registrar el certificado energético: propietario, técnico o representante
Conviene distinguir entre quién es responsable de la certificación y quién puede presentar materialmente el expediente.
El promotor o propietario es responsable de encargar la certificación
El artículo 6 del Real Decreto 390/2021 establece que el promotor o propietario del edificio o de la parte del mismo es responsable de encargar la realización de la certificación energética cuando resulte obligatoria y de conservar la documentación correspondiente.
Si ya existe un certificado válido y en vigor que resulte aplicable, no es necesario obtener otro únicamente porque aparezca un nuevo supuesto de obligación.
El registro puede presentarlo el promotor, el propietario o una persona autorizada
La normativa establece que el certificado y el informe de evaluación energética en XML deben presentarse para su registro por:
- El promotor.
- El propietario.
- Una persona autorizada por cualquiera de ellos.
Por tanto, no es obligatorio que el propietario realice personalmente el registro ni es cierto que solamente el técnico pueda hacerlo.
En la práctica, muchas comunidades y propietarios autorizan al técnico o a la empresa que ha elaborado el certificado para que gestione también la presentación administrativa. Es el sistema que utilizamos en ITE Asistencia para ofrecer un proceso completo.
El CEE sí debe estar firmado por un técnico competente
Que el propietario pueda presentar el expediente no significa que pueda elaborar el certificado. El CEE debe estar suscrito por un técnico competente conforme al Real Decreto 390/2021.
Desde el 23 de julio de 2026 está en vigor el nuevo régimen introducido por el Real Decreto 659/2025, que regula distintas vías de titulación, formación y acreditación y exige declaración responsable previa para ejercer como técnico competente.
Actualización 2026: ya no es preciso afirmar que únicamente arquitectos e ingenieros pueden emitir certificados energéticos. El Real Decreto 659/2025 amplió y reorganizó las vías para acreditarse como técnico competente, con efectos desde el 23 de julio de 2026.
Qué documentación hay que presentar para registrar un CEE en Madrid
Para un edificio existente o una parte de un edificio existente, la ficha oficial de la Comunidad de Madrid exige actualmente tres documentos principales:
- Solicitud firmada generada durante el proceso de tramitación.
- Informe de evaluación energética del edificio en formato XML.
- Certificado de Eficiencia Energética en PDF, debidamente firmado por el técnico competente con una firma válida, certificada y visible.
La etiqueta energética no se presenta como documento inicial
La etiqueta de eficiencia energética no aparece entre los tres documentos básicos que la Comunidad de Madrid exige subir para registrar un CEE de edificio existente. La etiqueta se obtiene una vez presentado el expediente conforme al procedimiento.
La Administración indica actualmente que, transcurridos dos días hábiles desde la presentación telemática, puede descargarse la etiqueta energética a través del sistema habilitado.
Qué datos conviene revisar antes de presentar
- Dirección exacta del inmueble.
- Referencia catastral.
- Identificación del propietario o promotor.
- Correspondencia entre el PDF y el XML.
- Firma válida del técnico competente.
- Procedimiento reconocido y versión utilizados.
- Alcance correcto de la certificación.
Cuál es el plazo para registrar el certificado energético en Madrid
Para los edificios existentes, la Comunidad de Madrid establece expresamente un plazo de un mes contado desde la fecha de emisión del certificado.
Regla práctica: el registro debería tramitarse inmediatamente después de emitir el CEE, no esperar hasta que aparezca una compraventa, un alquiler, una ITE o una solicitud administrativa.
En ITE Asistencia recomendamos que el registro forme parte del mismo encargo que la certificación. Así se evita entregar un PDF técnicamente correcto pero dejar pendiente el paso que le otorga validez legal.
Cuánto cuesta registrar un certificado energético en Madrid
Para edificios existentes y partes de edificios existentes, el procedimiento oficial de la Comunidad de Madrid indica actualmente de forma expresa que no requiere el pago de tasas.
Por tanto, no debe confundirse el coste del trabajo profesional con una supuesta tasa autonómica de registro.
El trabajo profesional sí tiene un coste
Los honorarios pueden incluir la visita, toma de datos, modelización, elaboración del certificado, informe de medidas de mejora, preparación del XML, firma, presentación administrativa y seguimiento.
Los edificios de nueva construcción tienen un procedimiento distinto
La Comunidad de Madrid diferencia entre edificios existentes y edificios de nueva construcción. El procedimiento de nueva construcción —certificado de proyecto y certificado de obra terminada— sí exige actualmente el pago de tasas.
Cómo registrar un certificado energético en Madrid paso a paso
1. Comprobar que el certificado corresponde al inmueble correcto
Hay que verificar dirección, referencia catastral, titular y alcance de la certificación.
2. Verificar que lo firma un técnico competente
El certificado debe haber sido emitido por un profesional que reúna los requisitos vigentes para ejercer como técnico competente.
3. Preparar el PDF y el XML
El expediente de un edificio existente incluye el certificado firmado en PDF y el informe de evaluación energética en XML. El procedimiento utilizado debe ser un documento reconocido oficialmente y utilizarse en su versión vigente.
4. Acceder al trámite de la Comunidad de Madrid
El promotor, propietario o persona autorizada accede al procedimiento electrónico correspondiente y cumplimenta los datos solicitados.
5. Firmar y presentar la solicitud
La solicitud generada se firma y se adjuntan los documentos exigidos. Después puede consultarse el estado del expediente y atender posibles requerimientos de subsanación.
6. Descargar la etiqueta energética
Para certificados de edificios existentes presentados telemáticamente, la Comunidad de Madrid indica que la etiqueta puede descargarse transcurridos dos días hábiles desde la presentación.
Cómo comprobar si un certificado energético está registrado en Madrid
La Comunidad de Madrid dispone de una herramienta pública de consulta de certificados de eficiencia energética.
El buscador permite localizar certificados utilizando datos como:
- Número de registro de la solicitud.
- Referencia catastral.
- Municipio.
- Código postal.
- Dirección.
Esta consulta es útil cuando un propietario no sabe si un CEE antiguo llegó a registrarse o cuando una comunidad necesita verificar la documentación existente.
Qué hacer si el certificado no aparece
Que un CEE no aparezca en una primera búsqueda no permite concluir automáticamente que sea falso o inexistente. Puede haber errores de referencia catastral, dirección, criterios de búsqueda o incidencias de tramitación.
Lo correcto es revisar el justificante de presentación, los datos del inmueble y el expediente antes de decidir si hace falta subsanar, actualizar o emitir un nuevo certificado.
Cuánto tiempo es válido un certificado energético registrado
El artículo 13 del Real Decreto 390/2021 establece una validez máxima de diez años, con una excepción importante.
No arriesgues sanciones por un registro incorrecto o fuera de plazo. En ITE Asistencia nos encargamos de todo el trámite del certificado energético en Madrid por ti.
| Calificación energética | Validez máxima |
|---|---|
| A, B, C, D, E o F | Hasta 10 años. |
| G | Hasta 5 años. |
El propietario es responsable de la renovación o actualización del certificado conforme a las condiciones establecidas por el órgano autonómico competente.
Qué ocurre si cambia el propietario del inmueble
El CEE describe las características energéticas del inmueble, no las características personales de su titular.
Una transmisión de la propiedad no obliga por sí sola a repetir un certificado que siga siendo válido, esté correctamente registrado y continúe representando las características del inmueble.
En una compraventa de un edificio existente o de una parte del edificio, el Real Decreto 390/2021 exige anexar al contrato una copia del certificado debidamente registrado y su etiqueta energética.
Qué pasa si no se registra el certificado energético
El Real Decreto 390/2021 establece que el certificado debe estar debidamente registrado para tener validez legal.
Además, el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana califica expresamente como infracción grave incumplir la obligación de presentar el certificado ante el órgano competente de la comunidad autónoma para su registro.
| Tipo de infracción | Sanción general |
|---|---|
| Leve | De 300 a 600 €. |
| Grave | De 601 a 1.000 €. |
| Muy grave | De 1.001 a 6.000 €. |
Cuando el beneficio obtenido por la infracción resulte superior al importe correspondiente, la sanción puede imponerse por una cuantía equivalente al beneficio obtenido.
Importante: esto no significa que cualquier retraso genere automáticamente una multa. La existencia de una infracción y la sanción concreta requieren el correspondiente procedimiento administrativo.
Cuándo es obligatorio disponer de un CEE registrado
La obligación no se limita a vender o alquilar viviendas.
- Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario.
- Edificios o partes de edificios pertenecientes u ocupados por una Administración Pública con más de 250 m² de superficie útil total.
- Edificios o partes de edificios con más de 500 m² destinados a determinados usos administrativos, sanitarios, comerciales, residenciales públicos, docentes, culturales, recreativos, de restauración, transporte, deportivos o religiosos.
- Edificios obligados a realizar la ITE o inspección equivalente.
- Determinadas reformas y ampliaciones.
- Edificios de nueva construcción, sometidos a su procedimiento específico.
CEE e ITE en Madrid capital
En Madrid capital, las ITE presentadas desde el 1 de enero de 2022 deben acreditar la presentación del CEE cuando resulte exigible. Por eso, una comunidad puede necesitar el certificado energético aunque no tenga previsto vender ni alquilar ninguna vivienda.
Errores frecuentes al registrar un certificado energético en Madrid
Pensar que recibir el PDF significa que el trámite ha terminado
Un PDF firmado por el técnico no sustituye al registro. Para tener validez legal, el certificado debe presentarse ante la Comunidad de Madrid.
Pagar una supuesta tasa de registro para un edificio existente
El procedimiento vigente para edificios existentes indica expresamente que no requiere pago de tasas.
Creer que únicamente el técnico puede registrar el CEE
El expediente puede presentarlo el promotor, el propietario o una persona autorizada.
Subir la etiqueta como si fuese un documento previo al registro
La documentación básica de presentación para existentes es la solicitud, el XML y el certificado firmado en PDF.
Usar datos catastrales incorrectos
Una referencia catastral errónea puede generar problemas de identificación y posteriores subsanaciones.
No respetar el plazo de un mes
El plazo se cuenta desde la fecha de emisión del certificado. Lo más seguro es tramitar el registro inmediatamente después de terminar la certificación.
Por qué encargar a ITE Asistencia el CEE y su registro
El registro parece sencillo cuando se observa únicamente el formulario, pero el resultado depende de que la certificación técnica, el XML, la firma y los datos administrativos sean coherentes.
Nuestro servicio de CEE incluye:
- Comprobación previa de la situación del inmueble.
- Visita al edificio.
- Toma y análisis de datos.
- Elaboración del Certificado de Eficiencia Energética.
- Informe de medidas de mejora.
- Preparación de la documentación electrónica.
- Gestión del registro en la Comunidad de Madrid.
- Obtención de la etiqueta energética.
- Coordinación con ITE e IEE cuando proceda.
- Seguimiento de posibles incidencias o requerimientos.
Preguntas frecuentes sobre el registro del certificado energético en Madrid
¿Dónde se registra el certificado energético en Madrid?
Se presenta ante el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de la Comunidad de Madrid mediante el procedimiento autonómico de certificación energética. Para edificios existentes, la tramitación se realiza normalmente por Internet.
Si necesitas saber quién debe registrar el certificado energético de tu edificio y cómo hacerlo en Madrid, contacta con nuestro equipo y te lo explicamos sin compromiso.
¿Quién puede registrar el CEE: el propietario o el técnico?
La normativa permite que lo presente el promotor, el propietario o una persona autorizada por ellos. El certificado sí debe estar elaborado y firmado por un técnico competente.
¿Cuánto tiempo hay para registrar el certificado en Madrid?
Para edificios existentes, el plazo actual es de un mes contado desde la fecha de emisión del certificado.
¿Cuánto cuesta registrar un certificado energético de un edificio existente?
Actualmente, el procedimiento oficial de la Comunidad de Madrid para edificios existentes o partes de edificios existentes no requiere el pago de una tasa autonómica. Los honorarios profesionales son independientes.
¿Qué documentos hacen falta para registrar el CEE?
Para edificios existentes se exige básicamente la solicitud firmada generada durante la tramitación, el informe de evaluación energética en XML y el Certificado de Eficiencia Energética en PDF firmado válidamente por el técnico competente.
¿Cuándo se puede descargar la etiqueta energética?
La Comunidad de Madrid indica actualmente que, transcurridos dos días hábiles desde la presentación telemática de un CEE de edificio existente, puede descargarse la etiqueta energética mediante el sistema habilitado.
¿Cómo puedo saber si un CEE está registrado?
La Comunidad de Madrid dispone de un buscador que permite consultar certificados usando datos como número de registro, referencia catastral, municipio, código postal o dirección.
¿El certificado siempre dura 10 años?
No. La validez máxima general es de diez años, pero si la calificación energética obtenida es G, la validez máxima es de cinco años.
¿Cambiar de propietario obliga a hacer un CEE nuevo?
No necesariamente. Si el certificado sigue vigente, está registrado y continúa representando correctamente las características energéticas del inmueble, el cambio de titularidad no obliga por sí solo a repetirlo.
¿Qué pasa si no se registra el certificado?
El Real Decreto 390/2021 exige que esté registrado para tener validez legal. Además, incumplir la obligación de presentarlo ante el registro autonómico está tipificado como infracción grave en el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
¿ITE Asistencia puede encargarse del registro?
Sí. ITE Asistencia puede realizar la certificación energética y gestionar la presentación administrativa del expediente ante la Comunidad de Madrid, además de coordinar el CEE con la ITE o el IEE cuando sea necesario.


